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SUPERTRANSPORTE ABRE INVESTIGACIÓN Y FORMULA PLIEGO DE CARGOS A LA EMPRESA GENERADORA DE CARGA C.I. TRAFIGURA COAL COLOMBIA S.A.S
- La Superintendencia de Transporte formuló 3 cargos contra la empresa generadora de carga C.I. TRAFIGURA COAL COLOMBIA S.A.S. por presuntamente no cumplir, a cabalidad, con la normatividad sobre adecuación logística.
- La Supertransporte también investiga presuntos incumplimientos en las obligaciones con las empresas de transporte.
- La denuncia fue presentada por la Asociación Nacional de Transportadores, en un hecho que habría afectado la operación de más de 300 vehículos en el Puerto de Santa Marta por más de tres días.
- Las multas por cada uno de los cargos imputados por la Supertransporte podrían llegar hasta $579’681.200, equivalentes a 700 SMMLV.
Bogotá, 28 de marzo de 2019. Con el propósito de fortalecer la equidad y la legalidad en el sector transporte, la Superintendencia de Transporte abrió investigación y formuló pliego de cargos a la sociedad generadora de carga C.I. TRAFIGURA COAL COLOMBIA S.A.S por presuntamente incumplir con la normatividad establecida en la adecuación logística para la ubicación de los vehículos de transporte de carga, para el descargue de la mercancía.
Es así como, mediante resolución 860 de 2019, se formuló pliego de cargos por presunto incumplimiento de la obligación de descargar la mercancía dentro de los tiempos pactados con las empresas de transporte, y por presuntamente no pagar el flete a las empresas de transporte de manera completa y oportuna.
Obligaciones de los generadores de carga
Un generador de carga es quien envía la mercancía hacia un destino específico, y por lo tanto, tiene obligaciones logísticas como la coordinación de la ubicación de la misma, el cumplimiento de los tiempos pactados de entregas con los transportadores, y el pago de los fletes correspondientes. El incumplimiento de dichas obligaciones podría afectar la situación de las empresas de transporte de carga.
En caso de encontrarse responsable a la empresa mencionada, las multas para cada cargo pueden ser de 1 a 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($579’681.200).
Terceros interesados
De conformidad con los artículos 37 y 38 de la Ley 1437 de 2011, así como el artículo 22 de la Resolución de apertura, las personas que deseen intervenir en la investigación, solicitar y aportar pruebas, podrán hacerlo acreditando su calidad de tercero interesado en la actuación.
La Superintendencia de Transporte vigila, inspecciona y controla las empresas generadoras de carga, con el propósito de velar por la calidad y legalidad del servicio.
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SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
Oficina de Comunicaciones y Prensa
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