Bogotá, Julio 27 de 2020.
- La empresa, empleados y contratistas de Cap Technologies S.A.S, e inclusive el representante legal Héctor Neira, conocido públicamente con el alias “Camilo Rodríguez”, interpusieron 30 acciones de tutela contra de la Superintendencia de Transporte, las cuales fueron negadas por las autoridades judiciales colombianas.
- Con el firme propósito de proteger la seguridad, la vida e integridad de los usuarios del sector transporte, la Superintendencia de Transporte sometió a control y convocó a liquidación judicial a la sociedad Cap Technologies S.A.S., relacionada con la operación de “Picap” para la prestación ilegal del servicio público de transporte.
- El Tribunal Administrativo de Cundinamarca resaltó que “no es posible otorgar un amparo constitucional, frente a una actividad que no ha sido autorizada (mototaxismo), y frente a la cual se han impartido instrucciones a las autoridades locales para restringirla (…)”.
(@SuperTransporte). La Superintendencia de Transporte se ha enfocado en atacar la ilegalidad en el transporte terrestre. Dentro de las estrategias de acción adoptadas por la entidad para ese propósito y con el convencimiento de que la prestación de servicios de “mototaxi” es ilegal e inseguro para los ciudadanos, se adelantó una actuación administrativa que concluyó con la identificación de situaciones críticas en la empresa CAP Technologies S.A.S., relacionada la operación de “Picap”.
Como resultado de lo anterior, se sometió a control y convocó a liquidación judicial a dicha sociedad, además de compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación y otras autoridades para que investigara presuntas conductas ilícitas. Por su parte, la Superintendencia de Sociedades expidió auto del 23 de abril de 2020, aceptando el proceso de liquidación judicial obligatoria de la firma Cap Technologies S.A.S.
Contra las decisiones mencionadas, la empresa, los empleados, contratistas y el representante Héctor Neira (conocido públicamente con el alias “Camilo Rodríguez”) interpusieron 30 acciones de tutela en contra de la Superintendencia de Transporte, las cuales todas en su totalidad fueron negadas por las autoridades judiciales colombianas.
Dentro de esas decisiones, se destaca que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca resaltó que “no es posible otorgar un amparo constitucional, frente a una actividad que no ha sido autorizada (mototaxismo), y frente a la cual se han impartido instrucciones a las autoridades locales para restringirla (…)”.
Para el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, “es muy importante que los jueces constitucionales hayan hecho explícito que el transporte ilegal no merece protección de la Constitución Política. Estamos adelantando más acciones en nuestra lucha contra la ilegalidad y la protección de los derechos de los usuarios del sector, para que todos sigamos construyendo el país que queremos”.
Video – Superintendente – Camilo Pabón
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