Logo gov.co

Bogotá, Agosto 11 de 2020.

  • El artículo 2 de la Ley 336 de 1996, establece la seguridad como una prioridad esencial para todos aquellos involucrados en esta actividad, especialmente la relacionada con los usuarios del servicio público de transporte.

 

  • Debido al presunto incumplimiento de lo plasmado en esta normatividad y a la inobservancia en la solicitud de información realizada por parte de la entidad, la Superintendencia de Transporte abrió investigación mediante la formulación de pliego de cargos en contra de 8 empresas de transporte de pasajeros por carretera y especial.

 

  • La Superintendencia de Transporte ha implementado controles para que el servicio público se preste en cumplimiento de las condiciones de bioseguridad. Por eso, desde el mes de mayo tomó medidas de urgencia sobre empresas que presuntamente estarían incumpliendo la normatividad, poniendo en riesgo la salud de los pasajeros y los conductores.

 

(@Supertransporte). Durante los periodos de aislamiento preventivo obligatorio declarado como consecuencia del coronavirus COVID-19, la Superintendencia de Transporte ha realizado un trabajo conjunto y articulado con la Policía Nacional y Migración Colombia para identificar vehículos que estén operando sin las condiciones de bioseguridad requeridas.

Asimismo, la entidad ha recibido reiteradas quejas de usuarios y de conductores en las cuales se pone de presente que se estarían incumpliendo los protocolos de bioseguridad, poniendo en riesgo la salud y seguridad de los usuarios y trabajadores del transporte público de pasajeros por carretera.

Según el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, “en las denuncias y evidencias recaudadas por la SuperTransporte se da cuenta de que presuntamente se estaría incumpliendo el distanciamiento mínimo al interior de los vehículos, no se habrían removido elementos contaminantes como tapetes y no todos los ocupantes del vehículo estarían usando tapabocas. Vamos a investigar esos hechos y, en caso de ser demostrados en la investigación, se aplicarán multas hasta por 700 salarios mínimos legales vigentes, por cada uno de los cargos”.

 

Empresas investigadas

Debido a lo anterior, la Superintendencia de Transporte formuló cargos y abrió investigación en contra de ocho (8) empresas de transporte habilitadas en las modalidades de pasajeros por carretera y especial, por presuntamente (i) no implementar los protocolos de bioseguridad ordenados por el Gobierno Nacional,  poniendo en riesgo la salud y seguridad de los usuarios del servicio público de transporte como de aquellos intervinientes en la actividad transportadora, de conformidad con la normatividad vigente; y (ii) no suministrar la información que legalmente les fue solicitada por la SuperTransporte.

Las empresas a las cuales se les formularon cargos son:

  • Transportes la Esperanza S.A.
  • Transportadora el Triunfo S.A.
  • Cooperativa de Transportadores de Santa Rosa
  • Cooperativa de Transportadores de Tolú
  • Nuevos Andes World Tours Transporte Especial S.A.S
  • Del Norte Transportes y Turismo S.A.S
  • Cooperativa De Transportes Especiales Del Oriente S.A.
  • Transporte Liberturs S.A.S.

 

Recursos

Contra la decisión de apertura de investigación y formulación de pliegos de cargos, no procede recurso alguno. En el curso de la investigación administrativa, que se hará con estricto apego a la ley, se decidirá la responsabilidad de los investigados de acuerdo con los derechos fundamentales al debido proceso y el derecho de defensa.

________________
SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
Oficina de Comunicaciones y Prensa
@Supertransporte

Inicio / Noticias 2020 / POR PRESUNTAMENTE NO IMPLEMENTAR LOS PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD ORDENADOS POR EL GOBIERNO NACIONAL, LA SUPERTRANSPORTE ABRE INVESTIGACIÓN A 8 EMPRESAS

2020-08-11T11:02:41-05:00

Chat Supertransporte

logo

Superintendencia de Transporte

Sede principal

Dirección:
Diagonal 25 G # 95 A - 85 Bogotá D.C. - Colombia.
Centro Integral de Atención al Ciudadano: Torre 3 - piso 1
Horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a.m. - 4:00 p.m.
Sede administrativa: Torre 3 - piso 4.

Líneas de servicio telefónico
018000 915 615 Horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. - 5:00 p.m., sábados de 8:00 a.m. - 12:00 p.m.
(+ 57) 601 3526700 Sede Administrativa - Horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. - 5:00 p.m.
Línea Anticorrupción
018000 915 615 Opción 5
¿Cómo conduzco?
#767 Opción 3. Horario: 24/7
Chat virtual:
lunes a viernes de 8:00 a.m. - 5:00 p.m.
Usuario Avisa: Acceso web - WhatsApp: +57 318 594 6666 - Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
*Usuario avisa es un canal de orientación sobre derechos y deberes de los usuarios del sector transporte. No es un canal
de recepción de solicitudes particulares ni de radicación de PQRS.

Correo notificaciones jurídicas:
notificajuridica@supertransporte.gov.co

Formulario de PQRD – Radicación de documentos

Click aquí para acceder al formulario

Click aquí para ver Regionales de la Superintendencia de Transporte

logologo