Bogotá, Octubre 28 de 2020.
- La Superintendencia de Transporte, desde sus facultades de supervisión, acompaña a los operadores ferroviarios en la implementación de las medidas de bioseguridad, para la debida prestación del servicio.
- Se verifica las condiciones técnicas, operativas y de bioseguridad en la prestación del servicio, así como el funcionamiento y desarrollo de las sociedades que se encuentran a cargo de los sistemas férreos.
- El servicio de transporte férreo en Colombia es prestado por la empresa Turistren en la Sabana de Bogotá y Coopsercol en Barrancabermeja.
En Colombia, existen dos operadores férreos de pasajeros; el Tren Turístico de La Sabana, operado por Turistren y la Cooperativa de Trabajo Asociado y de Servicios Múltiples de Colombia (Coopsercol Ltda.), los cuales movilizaron entre 2018 y 2019, más de un millón trescientos mil usuarios.
Estas empresas se encuentran habilitadas para prestar el servicio público de transporte férreo de pasajeros, cuentan con los permisos de operación respectivos expedidos por el Ministerio de Transporte y están sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Transporte.
Las medidas que se han implementado por parte de los operadores Turistren y Coopsercol Ltda son: (i) el control de ingreso al tren, (ii) tamizaje, (iii) distanciamiento social al ingreso y dentro del tren, (iv) desinfección de estaciones-trenes, (v) toma de temperatura a los pasajeros y (vi) uso de tapabocas. Todo esto con el fin de garantizar condiciones de bioseguridad y la buena prestación del servicio férreo al usuario.
Este trabajo, se viene desarrollando con el apoyo decidido de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) a través de su administrador férreo, con el fin de garantizar la seguridad de los usuarios al momento de hacer uso de este medio de transporte. “Todas estas acciones demuestran el compromiso del Gobierno Nacional tanto en promover la multimodalidad para el transporte de carga, como el de pasajeros. En la ANI seguiremos trabajando en mejorar el nivel de servicio de la infraestructura férrea disponible para la movilización de pasajeros y así garantizar su seguridad”, aseguró Manuel Felipe Gutiérrez, presidente de la ANI.
La Superintendencia de Transporte, desde su renovación, ejerce específicas funciones de promoción y prevención que tienen como propósito acompañar a los vigilados en el cumplimiento de las normas relacionadas con la debida prestación del servicio público de transporte y de sus servicios conexos y complementarios
Cabe resaltar que, en esta época de emergencia sanitaria a causa del COVID-19, los operadores férreos se encuentran cumpliendo con las medidas de bioseguridad con el fin de contribuir con ese gran propósito nacional de mitigar la propagación del virus en nuestro país, realizando los esfuerzos que se han requerido para salvaguardar tanto los derechos fundamentales de los usuarios como de los trabajadores.
Verificación de condiciones
La Superintendencia de Transporte con el apoyo de la Agencia Nacional de Infraestructura realiza la verificación de las condiciones técnicas y operativas, basada en tres pilares fundamentales:
- Infraestructura de transporte, corredor y estaciones férreas, en cuanto al mantenimiento de la vía, sistemas de comunicaciones, señalización, seguridad, calidad, y aspectos administrativos relacionados con la infraestructura.
- Mantenimiento de equipos, operación, prestación del servicio, calidad, accesibilidad al servicio y aspectos administrativos relacionados con la operación del transporte por vía férrea, en lo que tiene que ver con equipos ferroviarios, vagones y trenes.
- Situación subjetiva -societaria- de las empresas, en lo relacionado con su manejo administrativo, societario y financiero, teniendo en cuenta su composición, tipo de sociedad, aspectos financieros, entre otros.
Según el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, “La Entidad está comprometida con la seguridad de los trabajadores y usuarios del sector transporte. Por eso, vigila e inspecciona el estricto cumplimiento de las instrucciones que impartidas por el Gobierno Nacional frente a la prevención, detección, atención y contención de la propagación del COVID-19, entendiendo que las medidas requeridas se deben cumplir de forma inmediata, tanto para las infraestructuras del transporte como los servicios asociados a ella. El transporte férreo de pasajeros es una alternativa formal de movilización que permite que los ciudadanos puedan acudir a sus lugares de trabajo, estudio, entre otros, en condiciones de accesibilidad, seguridad y calidad”.
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SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
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