Bogotá, Febrero 02 de 2021.
- Después de adelantar la investigación administrativa, la Superintendencia de Transporte encontró que Allianz obstaculizó las actuaciones del ente de control, negándose injustificadamente a entregar información necesaria para la realización de sus labores de cara al servicio público de transporte terrestre. Por lo tanto, le impuso una sanción de $125.052.000, que está sujeta a los recursos de reposición y apelación.
- La Superintendencia realizó un requerimiento a la compañía aseguradora Allianz para que entregara, entre otros, la información relacionada con la expedición de pólizas que presuntamente amparaban la prestación de servicios en vehículos afiliados a la plataforma UBER. Tras una respuesta negativa, se insistió a la empresa. No obstante, Allianz se negó por segunda vez a entregar la información.
- De otra parte, el ente de control exoneró de responsabilidad a la compañía Mundial de Seguros frente a tres investigaciones que se habían iniciado en su contra por presuntamente facilitar la violación de normas de transporte.
(@SuperTransporte) La Superintendencia de Transporte continua su lucha por la legalidad y la protección de los usuarios de los diferentes medios de transporte, adelantando acciones tendientes a controlar el transporte ilegal en el país. En la más reciente, impuso una sanción a la aseguradora ALLIANZ SEGUROS S.A. al encontrar que había obstaculizado sus labores al negarse a entregar, sin justificación, una información necesaria para las actuaciones del ente de control. La sanción es del $125.052.000, y está sujeta a los recursos de reposición y apelación.
A comienzos del año pasado, la SuperTransporte formuló requerimientos a la aseguradora ALLIANZ SEGUROS S.A., para que entregara, entre otros, copia de los contratos de seguros suscritos entre la sociedad UBER COLOMBIA S.A.S. o alguna de sus vinculadas, con la compañía de seguros, para la emisión de pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual, y de accidentes personales. Después de realizar el requerimiento y una insistencia para que se diera respuesta, la empresa se negó a entregar información, sin ninguna justificación válida para dicha negativa.
Con lo anterior, no solo se desconoció la autoridad de la Superintendencia de Transporte, sino que además ayudó a obstaculizar el acceso a la información que eventualmente puede evidenciar la comisión de conductas sancionables en materia de transporte. Con esto, impidió que la Superintendencia ejerciera las funciones que le fueron asignadas por la Constitución y la ley.
El Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, recordó que “esta sanción se impone porque las empresas transportadoras no son las únicas que pueden infringir el Régimen de Transporte. Cualquier persona que, en virtud de su actividad, pueda incidir en la correcta prestación del servicio público de transporte, puede ser objeto de investigación y posibles sanciones de esta Superintendencia. Actualmente cursan investigaciones contra empresas de distinta índole, como compañías de seguros, productoras de alimentos, empresas petroleras o de mercadería, por mencionar algunas, que habrían violado el régimen. Hacemos un llamado a todos los empresarios para que revisen con diligencia sus obligaciones frente a la ley de transporte, para que entre todos sigamos fomentando la legalidad en el sector”.
Archivo de investigaciones a Mundial de Seguros
De otra parte, mediante las resoluciones 14088 de 2020, 14089 de 2020 y 04 de 2021, la Superintendencia de Transporte exoneró de responsabilidad a la compañía Mundial de Seguros, tras comprobar que ésta no facilitó la violación de normas de tránsito y transporte.
En los casos, el ente de control estudió denuncias presentadas por la agremiación Acedan, por la posible violación de los rangos de precios establecidos para los servicios de revisión técnico-mecánica ofrecidos por Centros de Diagnóstico Automotor (CDA). Esto supuestamente ocurría a través de un convenio celebrado con la compañía aseguradora, en virtud del cual, ésta asumía una parte de la tarifa que finalmente era facturada al usuario en su totalidad.
No obstante, luego de valorar las pruebas, la SuperTransporte concluyó que el esquema adoptado no es violatorio de la ley, y particularmente no se vulneró la regulación de precios que existe para la revisión técnico-mecánica, como quiera que el CDA correspondiente recibía el total del valor establecido previamente como tarifa del servicio. Por lo tanto, se exoneró de responsabilidad a los CDA y a la compañía aseguradora. En todo caso, la decisión está sujeta a los recursos de reposición y apelación.
________________
SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
Oficina de Comunicaciones y Prensa
@Supertransporte
Inicio / Noticias 2021 / SUPERTRANSPORTE IMPONE SANCIÓN A ALLIANZ POR OBSTACULIZAR UNA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA