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Bogotá, mayo 06 de 2021.

  • La Superintendencia de Transporte adelanta 31 investigaciones en contra de 23 empresas transportadoras de carga, por presuntamente realizar 4.528 operaciones prohibidas, pues contrataron y expidieron manifiestos de carga a vehículos que presentan omisiones en su registro inicial en el RUNT.

 

  • En caso de ser encontradas responsables, las empresas podrían ser sancionadas hasta con 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada infracción.

 

  • Para evitar la informalidad en el transporte de carga, el Ministerio de Transporte publica periódicamente un listado de vehículos presuntamente mal matriculados, para que las empresas puedan contratar bajo las políticas de la legalidad.

 

(@Supertransporte). Por presuntamente contratar y expedir manifiestos de carga a vehículos mal matriculados, la Superintendencia de Transporte tiene en curso 31 investigaciones en contra de 23 empresas habilitadas para el transporte terrestre automotor en la modalidad de carga.

 

Se pudo establecer, que dichas empresas llevaron a cabo un total de 4.528 operaciones con vehículos que presentan omisiones en su registro inicial en el Runt. Esta práctica es una infracción a la normatividad que reglamenta el sector, ya que se trata de automotores que no contaban con un certificado de cumplimiento de requisitos o la aprobación por parte del Ministerio de Transporte.

 

El Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, precisó que “los generadores de carga y las empresas de transporte deben validar en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) y en el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) si los vehículos que van a utilizar cumplen a cabalidad con la normativa, pues existe una prohibición de contratar aquellos que presenten omisiones en su registro inicial, y se exponen a sanciones por el hecho de trabajar con esos automotores”.

 

Las empresas investigadas son: 

 

  1. Cooperativa Transportadora Derivados del Petróleo y Servicios
  2. Nueva Sociedad de Transportadores Colombianos Ltda
  3. L & D Logística de Distribución S.A
  4. Logística Integral en Frío S.A.S.
  5. Sercarga S.A.S
  6. Logicargo Cooperativa en liquidación
  7. Compañía Nacional de Carga Conalca S.A.S.
  8. Travesa S.A.S
  9. Transportes Máximo S.A.S
  10. Transportes Puma S.A.S
  11. Delta Carga Colombia Limitada dcc
  12. Transportes Especiales del Valle S.A
  13. Servicios Logísticos Tellevamos mb S.A.
  14. Logística JL S.A.S
  15. Transporte de Carga Inmediata y Eficaz S.A.S
  16. transporte de logística andina S.A.S
  17. Colfoods S.A.S
  18. Sercarga S.A.S
  19. Red Especializada en Transporte Redetrans S.A. – en reorganización
  20. Transcarga Mundial S.A.S
  21. Cargologística S.A.S Agil Cargo S.A
  22. Transportes Urimar S.A.S
  23. Transportes Hidrocarburos de Colombia S.A.S

 

Los cargos

El cargo imputado fue formulado a estas empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de carga porque contrataron y expidieron manifiestos de carga a vehículos que se encontraban con omisión en su registro inicial. Dicha obligacion se encuentra descrita en el artículo 23 de la Ley 336 de 1996 y el artículo 2.2.1.7.7.1.13. del Decreto 1079 de 2015.

 

Posibles Sanciones

En caso de ser encontradas responsables, las empresas podrían ser multadas hasta por 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes. 

 

Recursos

Contra la decisión de apertura de investigación y formulación de pliegos de cargos, no procede recurso alguno. En el curso de la investigación administrativa, que se hará con estricto apego a la ley, se decidirá la responsabilidad de los investigados de acuerdo con los derechos fundamentales al debido proceso y el derecho de defensa.

 

Los vehículos que se encuentren señalados en el RUNT por tener omisiones en su registro inicial, cuentan con un plazo para normalizar su situación, sin embargo, mientras no lo hagan, no pueden ser utilizados para transporte de carga bajo ninguna modalidad contractual.

 

El Ministerio de Transporte publica periódicamente un listado de vehículos de carga presuntamente mal matriculados, para que las empresas puedan realizar una contratación bajo las políticas de legalidad y transparencia, establecidas por el Gobierno Nacional.

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SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
Oficina de Comunicaciones y Prensa
@Supertransporte

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2021-05-05T17:20:35-05:00

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