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Servicios del Centro de Conciliación
¿Qué es el arbitraje?
El arbitraje es un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias consagrado en la ley para resolver los conflictos que se derivan de las relaciones contractuales. Estas diferencias son resueltas por un Tribunal de Arbitramento conformado por uno o varios árbitros (número impar) mediante un fallo denominado Laudo Arbitral.
Etapas del proceso arbitral
Arbitraje Ad–Hoc: es aquel que es dirigido directamente por los árbitros, razón por la cual no hay un centro de arbitraje que administre el trámite. En este caso las partes han acordado las reglas del procedimiento ciñéndose a la Constitución Política y la Ley.
Arbitraje Institucional: se presenta cuando el trámite es administrado por un Centro de Arbitraje. Cuando las partes no establecen claramente a qué clase de arbitraje se acogen, se presumirá que el arbitraje aplicable es el institucional. En este caso, respecto de las normas de procedimiento aplicables hay dos opciones: la primera, que es el caso del arbitraje institucional reglado, se presenta cuando las partes además deciden acogerse al reglamento del Centro de Arbitraje respectivo; la segunda es el arbitraje institucional legal que, aunque es administrado por un Centro de Arbitraje, en su procedimiento se aplican las normas legales por no haberse remitido al reglamento de dicho Centro.
Arbitraje Virtual: el arbitraje virtual es una modalidad de arbitraje institucional, en la que el procedimiento es administrado con apoyo de un sistema de información, aplicativo o plataforma y los actos procesales y las comunicaciones se surten a través del mismo.
Audiencia de conciliación
La Conciliación en Derecho, es una herramienta para solucionar conflictos que se basa en la comunicación entre las partes y el intercambio de ideas para solucionar una diferencia. En este proceso las partes son acompañadas por un tercero experto que se denomina conciliador en Derecho.
Beneficios
1. Rapidez:
Son más ágiles los trámites de la conciliación y del arbitraje comparados con los exigidos en un proceso judicial.
2. Menores costos económicos:
No se requiere la intervención de un abogado; tampoco hay gastos de notificaciones y publicaciones procesales.
3. Promueve la cultura democrática y de los acuerdos:
Fomenta el protagonismo de las partes, hay participación, diálogo, colaboración y el respeto mutuo.
4. Los intereses y realidades de las personas en conflicto son tomados en cuenta.
5. Los acuerdos a los cuales se llega son más duraderos:
Las personas se comprometen voluntariamente en una solución, mientras que en un proceso son impuestos por el Juez.
6. Disminuye los costos emocionales de un conflicto:
Por lo general las personas quedan satisfechas con el acuerdo al que llegan, ya que es producto de su propia voluntad.
7. Validez legal:
Lo acordado tiene plenos efectos jurídicos.
8. Cumple como requisito de procedibilidad cuando no se logra el acuerdo:
Es una exigencia legal previa para poder acudir a la justicia ordinaria.
9. Confidencialidad
La información es reservada al conciliador y a las partes; ninguno de ellos pueden revelarla ni utilizarla.
Amigable Composición
Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos, en virtud del cual, uno o varios particulares, una entidad pública o varias entidades públicas habilitan a un tercero, llamado Amigable Componedor, para resolver de manera definitiva sus controversias. El Amigable Componedor no tiene que ser abogado y se caracteriza por tener un amplio y especializado conocimiento en la materia objeto de la disputa.
Este es un mecanismo que permite la resolución de un conflicto de manera ágil, en el cual se podrán discutir aspectos de variada índole y en donde, como consecuencia del conocimiento especializado que tiene el Amigable Componedor, es también un instrumento idóneo para discutir aspectos de carácter técnico.