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Supertransporte decreta medidas urgentes para evitar explotación mineral ilegal en vía de Yarumal – Antioquia

Marzo 10, 2022 | Por: Comunicaciones Supertransporte

  • La Superintendencia de Transporte ordenó a los dueños del predio ubicado en la Troncal Occidente, vía los Llanos – Tarazá, en el sector Alto de Ventanas del municipio de Yarumal Antioquia, abstenerse de realizar o permitir cualquier exploración minera en la zona, ya que esta actividad se lleva a cabo de manera ilegal y amenaza la debida prestación del servicio, la integridad de los usuarios, la infraestructura del transporte y la conectividad país.

 

  • Luego de realizar visitas de inspección a la zona y de recibir información por parte del IINVIAS sobre este caso, la SuperTransporte evidenció que en la Ruta Nacional 2511 entre los PR 42+000 al PR 48+000 de Yarumal existen situaciones que ponen en peligro la conservación de la infraestructura y que afectan la seguridad vial para los usuarios, como el deterioro del talud adyacente debido a la explotación minera ilegal, la ausencia de señalización, y el estacionamiento sobre la vía de vehículos utilizados para el traslado del material extraído de forma irregular, entre otras.

 

  • Es la primera vez que se ordenan medidas de urgencia por este tipo de casos, pues la explotación minera cerca de las vías causa un peligro inminente y afecta la continuidad de la prestación del servicio de transporte, impactando la flora y la fauna, y también, la infraestructura carretera por la caída de material, lo cual generaría posibles cierres que afectarían la economía de la región y del país.

 

(@Supertransporte). La Superintendencia de Transporte decretó medidas especiales urgentes para mitigar el riesgo que se está presentando en la Troncal Occidente vía Los Llanos-Tarazá, en el municipio de Yarumal -Antioquia, debido a la explotación minera que de manera irregular se viene realizando en un predio aledaño a este corredor vial, lo que afecta la fauna, la flora y la seguridad de todos los usuarios que transitan por esta infraestructura.

 

Para el Superintendente de Transporte, Wilmer Arley Salazar Arias, “en este caso queda en evidencia cómo la minería ilegal amenaza la conservación de la infraestructura del transporte, la seguridad en la operación del transporte y la integridad de los usuarios, si se tiene en cuenta que esta actividad se está llevando a cabo en el talud de unos terrenos elevados adyacentes a la carretera, lo cual también genera daños ambientales. Es con hechos y en equipo que el Gobierno de Colombia trabaja por la infraestructura del país, es por esto que, a través de la Delegatura de Concesiones e Infraestructura, por primera vez hemos ordenado medidas de urgencia tendientes a que esta situación no se siga presentando. Es importante resaltar que en esta zona podría ocurrir un derrumbe con el consecuente cierre de esta vía tan importante, con afectaciones graves para la movilización de productos alimenticios, creando un impacto económico preocupante. La tensión entre intereses ilegítimos particulares con los derechos fundamentales de la población, algunos del orden colectivo y socioeconómico, permite a la Autoridad adoptar la medida preventiva con el fin de restablecer los niveles de seguridad en la operación y defender la infraestructura del transporte como patrimonio de todos los colombianos”.

 

El caso

Luego de diferentes visitas de inspección realizadas por la SuperTransporte y de recibir información por parte del INVIAS sobre la minería a cielo abierto que se practicaba en un terreno adyacente a la Ruta Nacional 2511, entre los PR 42+000 al PR 48+000 de la Troncal Occidente vía los Llanos – Tarazá del sector Alto de Ventanas en el municipio de Yarumal – Antioquia, la Entidad evidenció que se estaría llevando a cabo una explotación irregular de material pétreo que pondría en grave riesgo la normalidad de la operación del transporte en esta zona.

 

Según el director general del Instituto Nacional de Vías, Juan Esteban Gil Chavarría, “desde el INVIAS trabajamos en la articulación de las entidades locales y de control para atender lo más pronto posible la situación y garantizar la seguridad vial y eficiencia del corredor. Adicionalmente, realizamos actividades de demarcación, señalización preventiva y limpieza del sector para evitar cualquier accidente en la vía. Nuestro compromiso está en ofrecer una infraestructura vial en óptimas condiciones para una movilidad segura de todos los usuarios».

 

Esta actividad que se realiza para la extracción de material pétreo -piedras para uso ornamental- se ha venido incrementando y representa un riesgo para los usuarios de la vía debido a que se está generando una potencial inestabilidad en los taludes a los lados de la carretera, lo que puede ocasionar derrumbes de grandes proporciones, además del material que cae constantemente. De otro lado, los propietarios del terreno que está siendo explotado no cuentan con permisos para esta actividad, generando daños ambientales y de accesibilidad al servicio de transporte, pues no existe un título minero para la explotación de piedras ornamentales ni calizas, y tampoco permisos ambientales.

 

La Superintendencia de Transporte pudo evidenciar, además, una inadecuada disposición del material sobrante que afecta la flora del lugar, siendo agravante que esta área es protegida y definida por Corantioquia como Distrito de Manejo Integrado (DMI) Alto de Ventanas. Se observa también que la explotación no se encuentra tecnificada, una de las razones que podría explicar el problema de erosión en el sector. Adicional a esto, el deficiente manejo de las aguas de escorrentía acrecienta los procesos erosivos y aportan gran cantidad de sedimentos a las fuentes hídricas cercanas, afectándose las propiedades físicas de los terrenos. Igualmente, se ha encontrado que las actividades mineras han afectado una fuente hídrica, afluente de la Quebrada Córdoba.

 

 

Medidas especiales de urgencia

La Superintendencia de Transporte decretó medidas especiales de urgencia correspondientes a que los dueños del predio en el cual se realizan las actividades mineras ilegales se abstengan de ello inmediatamente tanto directa como indirectamente.

 

Lo anterior, porque son varios los puntos de explotación que se vienen presentando y que han seguido avanzando desde julio de 2018, evidenciándose el gran impacto que ha representado esta actividad en la zona, pues como se puede ver en la siguiente imagen los puntos de socavación que inicialmente se ubicaban entre en PR 42 al 45, ahora se han extendido hasta el PR 50+550 del sector Alto de ventanas del municipio de Yarumal.

 

imagen decorativa

 

Adicionalmente, existe una afectación de los sistemas ecológicos como la flora y fauna, fuentes hídricas y remoción de capa orgánica, toda vez que estas actividades no cuentan con licencia ambiental y se realizan sin medidas de protección, mitigación y compensación.

 

Como consecuencia de la extracción de materiales de roca ornamental, existen riesgos inminentes de caídas de fragmentos de roca sueltas sobre la vía como efecto de la remoción en masa, existiendo una alta probabilidad de que se causen obstrucciones en la vía, atrapamientos de transeúntes, vehículos de transporte de pasajeros, atascamiento de drenajes como alcantarillas, deformaciones de la calzada al interrumpir la circulación de aguas en la cunetas construidas, represamiento de quebradas e, incluso, el atrapamiento de los trabajadores que actualmente laboran en dichos frentes de explotación.

 

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Así mismo, la Superintendencia de Transporte instó a las autoridades de la zona para que conformen un Consejo especial que permita gestionar esta situación en particular, pues el objetivo de la Entidad es procurar la conservación de la infraestructura y la seguridad de la operación como derecho irrestricto de los usuarios.

 

Posibles sanciones

En caso de no acatar estas medidas especiales de urgencia la SuperTransporte podría iniciar investigaciones administrativas en contra de los responsables y/o las personas naturales en mención, las cuales podrían alcanzar los quinientos o setecientos salarios mínimos mensuales legales vigentes, dependiendo de las infracciones.

 

Recurso

Contra las medidas especiales de urgencia no procede ningún recurso, de conformidad con lo establecido en la Ley 1437 del 2011. Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa.

 

Canales de Atención

La Superintendencia de Transporte es una Entidad cercana a los ciudadanos y por eso cuenta con distintos canales de atención para recibir peticiones, quejas y reclamos y atender las solicitudes de los empresarios y usuarios del sector, a través del correo vur@supertransporte.gov.co, la línea gratuita 018000915615, un chat virtual disponible de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm en la página web www.supertransporte.gov.co, #767 opción 3 y, Usuario Avisa a través de la línea de whatsapp 3185946666. Así mismo, de manera presencial en la Diagonal 25g No 95ª-85 Piso 1 Centro Empresarial Buró 25.

2022-03-10T17:27:51-05:00

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