Bogotá, Septiembre 17 de 2020.
- Debido a 23 denuncias presentadas por usuarios del sector aéreo, la Superintendencia de Transporte inició investigación administrativa en contra de la sociedad Fast Colombia S.A.S. (Viva Air), por presuntamente vulnerar el derecho a la libre elección de los viajeros e incurrir en cláusulas abusivas dentro de sus términos y condiciones.
- Las denuncias incluyen restricciones presuntamente abusivas para utilizar los vouchers que los usuarios recibieron, por reembolsos de servicios no utilizados durante la pandemia.
- En caso de encontrarse responsable, la aerolínea puede ser multada hasta con 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, por cada cargo imputado.
(@Supertransporte). La Superintendencia de Transporte, por medio de su Delegatura para la Protección de Usuarios del Sector Transporte, luego de analizar 23 denuncias presentadas por los usuarios del sector aéreo, pudo evidenciar que la aerolínea Fast Colombia S.A.S. (Viva Air) presuntamente estaría vulnerando el derecho a la libre elección del servicio, con la inclusión de cláusulas que podrían resultar abusivas en los términos y condiciones señalados para la redención o cambio de los voucher, por reembolsos de servicios no utilizados.
Durante el periodo de pandemia, los usuarios del sector aéreo han presentado 1,607 PQRS relacionadas con asuntos acaecidos por la pandemia del COVID-19, de las cuales 381 han sido en contra de Fast Colombia S.A.S.
Los cargos
Uno de los cargos formulados está relacionado con una presunta restricción que se habría impuesto para que el voucher solo se pueda redimir una sola vez, lo que podría implicar que si al usar el voucher se redime por un tiquete de menor valor al tiquete original, el usuario perdería el saldo restante.
Otro de los cargos tiene relación con la presunta restricción sobre el momento de la redención del voucher, señalando un plazo máximo para redimir el voucher distinto del previsto en el artículo 17 del Decreto Legislativo 482 de 2020.
Para el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, “nuestro país hizo un esfuerzo en adoptar medidas durante la pandemia, incluyendo la posibilidad de entregar a los usuarios vouchers en lugar de dinero cuando fuera procedente un reembolso. Ahora, en cumplimiento de la ley y de los lineamientos fijados desde Naciones Unidas, la SuperTransporte actuará cuando se evidencien posibles prácticas abusivas contra los usuarios y consumidores”.
Posibles sanciones
En caso de ser encontrada responsable, la sociedad en mención podría ser multada hasta con dos mil (2000 SMLMV) salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada cargo imputado, una vez se agote el procedimiento administrativo sancionatorio correspondiente como garantía de los derechos de defensa y contradicción de la investigada.
Recursos
Contra la decisión de apertura de investigación y pliego de cargos no procede recurso. Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa, y se precisa que el procedimiento sancionatorio iniciado se realizará de conformidad con lo establecido en la ley.
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SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
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