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Bogotá, Julio 30 de 2020.

  • La Superintendencia de Transporte formuló un único cargo a veinticinco (25) empresas generadoras de carga por presuntamente incumplir con la obligación de suministrar la información legalmente solicitada al no reportar ante el Ministerio de Transporte, a través del Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC), el valor del flete pactado con las empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de carga.

 

  • Dentro de las 25 empresas están: Almacenes Éxito, Bavaria y CIA S.C.A, Olímpica S.A., Ecopetrol S.A., Bimbo de Colombia S.A, entre otras.

 

  • En caso de ser encontradas responsables, las empresas generadoras de carga podrían ser sancionadas con una multa equivalente hasta 700 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

(@Supertransporte). La Superintendencia de Transporte abrió investigación en contra de veinticinco (25) empresas generadoras de carga, por presuntamente infringir la obligación de informar al Ministerio de Trasnporte a través del aplicativo RNDC-Registro Nacional de Despachos de Carga, el valor del flete pactado con las empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de carga.

Las empresas investigadas son:

  1. Almacenes Éxito
  2. Bavaria y  CIA S.C.A.
  3. Jerónimo Martins Colombia S.A.S.
  4. Olímpica S.A.
  5. Organización Terpel S.A.
  6. Ecopetrol S.A.
  7. Colombina S.A.
  8. Campollo S.A.
  9. Brinsa S.A.
  10. Operaciones Nacionales de Mercadeo Ltda.
  11. Colombiana de Comercio S.A. Corbeta S.A.
  12. Alimentos Cárnicos S.A.S.
  13. Holcim Colombia S.A.
  14. Carvajal Pulpa y Papel S.A.
  15. Cartón de Colombia S.A.
  16. Diaco S.A.
  17. Italcol S.A.
  18. Alimentos Polar Colombia S.A.S.
  19. Industria Colombiana de Logística y Transporte LTDA.
  20. Empresa de Distribuciones industriales S.A.S. Edinsa
  21. Bimbo de Colombia S.A.
  22. Soberana S.A.S.
  23. ORF S.A.
  24. Cerveceria Unión S.A.
  25. Quala S.A.

 

Posibles Sanciones

En caso de ser encontradas responsables, las empresas podrían ser multadas hasta por setescientos (700) salarios mínimos legales mensuales vigentes. 

 

Recursos

En contra de la decisión de apertura de investigación y formulación de pliegos de cargos no procede recurso alguno. En el curso de la investigación administrativa, que se hará con estricto apego a la ley, se decidirá la responsabilidad de los investigados de acuerdo con los derechos fundamentales al debido proceso y el derecho de defensa.

Para el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, “la legalidad y la transparencia son principios rectores del sector transporte, por tanto, todas las actividades deben realizarse con total apego a las regulaciones expedidas para tal efecto y su incumplimiento será sancionado por esta Superintendencia con total respeto del debido proceso.”.

Video – Superintendente – Camilo Pabón

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SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
Oficina de Comunicaciones y Prensa
@Supertransporte

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2020-08-05T17:33:34-05:00

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