Bogotá, Agosto 25 de 2020.
- La Superintendencia de Transporte inició investigación administrativa en contra de la sociedad VIAJES Y TURISMO MUNDIALES S.A.S., por presuntamente incurrir en publicidad engañosa, a través de redes sociales como Facebook.
- La Supertransporte también investiga a la sociedad porque presuntamente no se informó de manera idónea, clara y veraz al ofrecer a los usuarios un vuelo chárter humanitario y no habría suministrado la información requerida por la autoridad.
(@Supertransporte). La Superintendencia de Transporte, en su condición de autoridad de protección de usuarios de transporte aéreo, inició investigación administrativa en contra de la agencia de viajes VIAJES Y TURISMO MUNDIALES S.A.S., por presunta publicidad engañosa, al ofrecer tiquetes aéreos de carácter humanitario a través de las redes sociales
El caso concreto
Lo anterior, considerando que el pasado 3 de julio de 2020 se habría realizado el siguiente anuncio:
La Superintendencia procedió a requerir información relacionada con este anuncio en la red social Facebook, en donde se ofertaba un vuelo chárter humanitario Santa Marta-Bogotá, por $780.000, para conocer las condiciones de ese “vuelo humanitario” del 9 de julio de 2020.
Los cargos
- Presunta publicidad engañosa. Al parecer la sociedad omitió información relevante a los interesados para poder ser partícipes del vuelo referido, dadas las connotaciones de “humanitario”, así como para tener conocimiento de otras circunstancias básicas y esenciales para la toma de la decisión de adquisición de tiquetes.
- No suministrar la información solicitada a través de un requerimiento por parte de la Superintendencia de Transporte. Este requerimiento cobra especial relevancia, pues, su objetivo es efectuar una averiguación preliminar que permita determinar el cumplimiento por parte de la agencia de viajes de las obligaciones establecidas en la Ley, con relación a la protección de los usuarios del sector transporte.
Posibles sanciones
En caso de ser encontrada responsable, la sociedad en mención podría ser multada hasta con dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (2.000 SMLMV) por cada cargo.
Recursos
Contra la decisión de apertura de investigación y pliego de cargos no procede recurso alguno. Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa y se precisa que el procedimiento sancionatorio iniciado se realizará de conformidad con lo establecido en la ley.
“la Superintendencia de Transporte está protegiendo los derechos de los usuarios del durante la pandemia, considerando que son la parte débil de la relación de consumo. Es muy importante que especialmente la publicidad emitida en esta época sea veraz y suficiente, como lo exige la ley de protección del consumidor”, aseguró el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza.
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