Bogotá, Julio 10 de 2020.
- En medio de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19, en el Decreto Legislativo 575 de 2020 se estableció una medida de alivio para los propietarios de los vehículos, previendo que las empresas deben devolver hasta el 85% de sus aportes al fondo de reposición para garantizarles un ingreso mínimo a los primeros.
- Debido al presunto incumplimiento de esta normatividad y a la inobservancia en la solicitud de información por parte de la entidad, la Superintendencia de Transporte abrió investigación en contra de 7 empresas de transporte.
(@Supertransporte). Con el propósito de mitigar los efectos económicos del Estado de Emergencia por la pandemia del COVID-19 sobre el sector transporte y garantizar el mínimo vital de los propietarios de los vehículos que prestan el servicio público de transporte, el Gobierno Nacional expidió el decreto 575 de 2020, dentro del cual se previó que “durante el término de la emergencia sanitaria (…) los propietarios de los vehículos están habilitados para retirar hasta el ochenta y cinco por ciento (85%) de los recursos aportados a los programas periódicos de reposición con el fin de garantizar un ingreso mínimo”.
Se abrió investigación a (i) Cooperativa de Transportadores del Sur del Tolima Ltda., (ii) Cooperativa de Transportadores del Medio Magdalena Ltda., (iii) Empresa Corta Distancia Ltda., (iv) Taxis Furatena S.A., (v) Flota San Vicente S.A., (vi) Cooperativa de Transportes Velotax Ltda. y (vii) Expreso de Transporte Colectivo del Oriente.
Para el Superintendente, Camilo Pabón Almanza, “el Gobierno Nacional ha desplegado muchos esfuerzos para aliviar la situación económica generada por la pandemia y, en esa línea, la Superintendencia de Transporte verificará el cumplimiento de las mismas”.
Los cargos
Se recibieron reiteradas quejas de varios propietarios, en las que se indicaba que las empresas en cuestión hacían caso omiso a sus solicitudes de devolución de dineros del fondo de reposición.
Como resultado de lo anterior, en el marco del procedimiento administrativo sancionatorio se formularon cargos por (i) presuntamente no permitir la devolución de hasta el 85% de los aportes al Fondo de Reposición y (ii) presuntamente no suministrar la información que legalmente les fue solicitada.
Posibles Sanciones
En caso de ser encontradas responsables, las empresas de transporte de pasajeros por carretera podrían ser multadas hasta por 700 SMLMV, por cada uno de los cargos imputados.
Recursos
Contra la decisión de apertura de investigación y formulación de pliegos de cargos, no procede recurso alguno. En el curso de la investigación administrativa, que se hará con estricto apego a la ley, se decidirá la responsabilidad de los investigados de acuerdo con los derechos fundamentales al debido proceso y el derecho de defensa.
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