SUPERTRANSPORTE SUSPENDE 5 EMPRESAS DE SERVICIO PÚBLICO POR NO CUMPLIR CON PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD
Bogotá Mayo 14 de 2020
- La Superintendencia de Transporte, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y Migración Colombia se articularon de manera conjunta para proteger a los usuarios y tomar medidas inmediatas contra las empresas que no están cumpliendo con los protocolos de bioseguridad para prevenir el COVID-19
- Una de las primeras medidas fue ordenar la suspensión inmediata del servicio de transporte especial a: Nuevos Andes World Tours Transporte Especial S.A.S, Estarter Servicio Especial S.A.S., Del Norte Transportes y Turismo S.A.S, Cooperativa de Transportes Especiales del Oriente S.A.S, y Transporte Liberturs S.A.S.
- La suspensión del servicio se ordena hasta tanto no acrediten el cumplimiento a cabalidad de las medidas de bioseguridad ordenadas por el Gobierno para prevenir y controlar el coronavirus COVID-19.
- Esta medida de emergencia exige que dichas empresas deben remitir la información sobre programas o protocolos adoptados para el aseo frecuente de vehículos, así como verificación de distanciamiento físico, capacitación a conductores sobre protocolos de limpieza y correcto uso del tapabocas entre otros.
Con el objetivo de garantizar la movilidad de los ciudadanos que se encuentran en alguna excepción del aislamiento preventivo obligatorio, siguiendo las normas establecidas por el Gobierno Nacional para enfrentar la coyuntura actual del Coronavirus Covid-19, Migración Colombia, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y la Superintendencia de Transporte, se articularon para proteger a los usuarios y acompañar a los empresarios del sector.
Por esta razón, gracias al trabajo conjunto la Superintendencia de Transporte ha ordenado la suspensión inmediata de la prestación del servicio público de transporte especial, a cinco empresas, hasta tanto, acrediten que sus operaciones cumplen con dichas medidas de bioseguridad.
Operativos de control
El Ministerio de Salud y Protección Social envió comunicación a la SuperTransporte sobre una solicitud hecha por el Instituto Departamental de Salud de Norte de Santander, en la cual se manifiesta una gran preocupación por el hecho de que algunas empresas de transporte especial se encuentran trasladando usuarios a la frontera, sin medidas de protección y sin tener en cuenta la separación mínima que se estableció en las normas y protocolos de transporte de viajeros, lo cual generaría mayor riesgo de contagios y propagación de la pandemia.
Por lo tanto, la Dirección de Tránsito y Transporte (Ditra) y Migración Colombia, concentraron sus esfuerzos en realizar rigurosos operativos en las vías con el propósito de identificar situaciones de riesgo inminente y así, poder mitigar los posibles contagios en cuanto al transporte de ciudadanos por carretera. Como resultado de los operativos de control, se encontró que cinco empresas de transporte especial, al parecer NO cumplen con los protocolos de salud ordenados por el Gobierno Nacional para el traslado de usuarios en vehículos de transporte terrestre.
Debido a la situación encontrada, la Superintendencia de Transporte ordenó la suspensión inmediata del servicio de transporte especial a cinco empresas: Nuevos Andes World Tours Transporte Especial S.A.S, Estarter Servicio Especial S.A.S., Del Norte Transportes y Turismo S.A.S, Cooperativa de Transportes Especiales del Oriente S.A.S, y Transporte Liberturs S.A.S.
Esta medida de urgencia especial y provisional, se toma tras encontrar material probatorio que permitiría establecer el incumplimiento de los protocolos de bioseguridad expedidos por el Gobierno Nacionales específicamente en relación con (i) el distanciamiento físico que debe existir entre los pasajeros del vehículo, (ii) el uso adecuado del tapabocas por parte de los pasajeros al interior del vehículo, así como del conductor del mismo, y (iii) la existencia de elementos contaminantes al interior del vehículo, y protocolos de aseo del mismo.
Obligaciones de las empresas
La medida establece que las sociedades deben remitir a la SuperTransporte la información correspondiente a, (i) programa o protocolo de aseo frecuente a la totalidad de vehículos con los que presta el servicio público de transporte especial, (ii) registro fotográfico que demuestre el cumplimiento del retiro de elementos susceptibles de contaminación de la totalidad de vehículos con los que presta el servicio público de transporte especial, (iii) protocolo o programa de verificación de distanciamiento físico en los vehículos con los que se presta el servicio público de transporte especial, (iv) programa de capacitación sobre los protocolos de limpieza a la totalidad conductores, (v) planilla de realización de capacitación a conductores, (vi) protocolo o programa correcto uso de tapabocas a la totalidad de conductores.
Para el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, “La Superintendencia realiza un acompañamiento permanente a los empresarios del transporte, y por esta razón hemos dispuesto nuestra página web como medio para que los usuarios sepan con quién contratar. Pero, claro, esperamos que los empresarios presten el servicio sin poner en riesgo la vida y salud de los usuarios, pues quienes tienen como política principal la legalidad, deben dar ejemplo».
Acompañamiento de la DITRA
Se debe tener en cuenta que los protocolos de bioseguridad que tienen incidencia en el sector transporte, deben ser ejecutados por parte de los operadores y conductores de la cadena logística de transporte terrestre de carga, empresas y conductores de servicio público, terminales de transporte, entes gestores y concesionarios de los sistemas de transporte masivo y, en los vehículos y equipos de todas las modalidades de transporte, con el fin de prevenir y controlar la propagación del Coronavirus COVID-19.
La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte viene articulando con entidades gubernamentales, para el acompañamiento de extranjeros a su país de origen, en lo corrido del aislamiento preventivo, en las vías del país, por lo tanto ya se han movilizado por el territorio nacional 410 vehículos de servicio de pasajeros con 16.939 extranjeros hacia las diferentes fronteras, de los cuales 254 vehículos con destino hacia Cúcuta, Arauca 149 vehículos, 8 hacia la Guajira, salvaguardando la vida de los ciudadanos.
El General Carlos Rodríguez, puntualizó: “desde el inicio de la salida de extranjeros, se han fortalecido los controles a vehículos de servicio público de pasajeros, el cual, ya se han inmovilizado cerca de 30 vehículos tipos bus, por no cumplir con la documentación requerida para el transporte de pasajeros en el territorio nacional. Seguimos coordinando con la Superintendencia de Transporte, Migración Colombia y los alcaldes y gobernadores del país, con el fin de supervisar exhaustivamente los controles de una manera ordenada y responsable al tránsito migratorio que afronta el país, buscando evitar la propagación de la pandemia COVID-19 y proteger la salud de todas las personas que se encuentran dentro del territorio nacional”, destacó el Alto Oficial.
Según la información de Migración Colombia, desde que se decretó el cierre de frontera el pasado 14 de marzo hasta la fecha, han retornado a Venezuela más de 45 mil ciudadanos venezolanos, gracias al trabajo organizado y articulado que se viene adelantando con las diferentes Alcaldías.
“Entendemos la situación que están pasando muchos ciudadanos venezolanos, pero no por eso podemos poner en riesgo a todo un país. Colombia siempre ha estado presta a ayudar al pueblo venezolano, pero esa ayuda se hace de forma responsable, no solo con los migrantes, sino con nuestras comunidades”, dijo el Director General de Migración Colombia, Juan Francisco Espinosa.
Además, enfatizó en que los ciudadanos venezolanos que deseen retornar voluntariamente a su país lo podrán hacer con las condiciones que se han fijado para este procedimiento y aquellos que no las cumplan, verán suspendido su viaje hasta que cumplan con el mismo e incluso serán sujeto de sanciones administrativas, que bien podrían terminar en la imposición de una medida de deportación o una expulsión.
“Frente a las empresas que se encargan de movilizar estos grupos de venezolanos, seguiremos trabajando con el Ministerio de Transporte y la Policía de Tránsito y Transporte, por garantizar que los mismos cumplan con las normas establecidas por el Gobierno Nacional para este tipo de actividad y no permitiremos que se opere fuera de la legalidad poniendo en riesgo a los migrantes y a las comunidades colombianas», afirmó Juan Francisco Espinosa, Director General de Migración Colombia.
Recursos
Contra la resolución que ordena suspender los servicios de transporte público terrestre a las cinco empresas en mención, NO procede recurso alguno. Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa, y se precisa que el procedimiento sancionatorio iniciado se realizará de conformidad con lo establecido en la ley.
Aclaración
Téngase en cuenta que la Superintendencia de Transporte, mediante Resolución No. 6316 del 11 de mayo de 2020, revocó parcialmente la Resolución No. 6311 del 04 de mayo de 2020, en el sentido de dejar parcialmente sin efectos la medida de urgencia especial y provisional, únicamente en lo que respecta a aquellos producidos sobre la sociedad TRANSPORTES ESPECIALES DEL ORIENTE S.A.S identificada con NIT: 900645942 – 6, y precisa que la medida se impuso a la sociedad COOPERATIVA DE TRANSPORTES ESPECIALES DE ORIENTE con NIT: 900450176-2, mediante la Resolución No. 6317 de 11 de mayo de 2020.
Por lo anterior, y en cumplimiento de la orden impartida mediante el artículo segundo de la mencionada Resolución 6316 del 11 de mayo de 2020, se publica el contenido del resuelve de la Resolución en el siguiente link
de la página web de la Superintendencia de Transporte, por el termino de cinco (5) días.
________________
SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE
Oficina de Comunicaciones y Prensa
@Supertransporte
Inicio / Noticias 2020 / SUPERTRANSPORTE SUSPENDE 5 EMPRESAS DE SERVICIO PÚBLICO