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Supertransporte publica su circular única y deroga 384 circulares que no generaban valor para el sector

Agost 17, 2021 | Por: Comunicaciones Supertransporte

  • Con la publicación, por primera vez, de la Circular Única de Infraestructura y Transporte de la Superintendencia de Transporte, los vigilados y los ciudadanos tienen acceso, de manera sencilla, al ordenamiento jurídico. Desde hoy se puede consultar, en un solo documento, la reglamentación que se encuentra vigente, para brindar la claridad necesaria, y así seguir fomentando la cultura de la legalidad en el sector.

 

  • Nunca antes en su historia la Entidad había expedido una Circular como resultado de una construcción colectiva junto con los vigilados y los ciudadanos. En este proceso, se derogaron normas que no generaban valor para los mercados y, por el contrario, causaban costos innecesarios para los empresarios. Este documento se puede consultar en la página web www.supertransporte.gov.co.

 

  • La Superintendencia de Transporte fue reconocida como la Entidad que logró mejores resultados durante 2020 en la depuración de normas obsoletas de nuestro país. Por otra parte, este trabajo de la Circular Única no hubiese sido posible sin la participación del sector privado que con su ayuda se logró este resultado que es beneficioso para todo el sector transporte.

 

  • Este documento será presentado a la ciudadanía mediante un Facebook Live a las 11:00 am, que contará con la participación de los gremios del sector transporte.

 

(@SuperTransporte) Los vigilados de la Superintendencia de Transporte y la ciudadanía en general, cuentan desde hoy con la Circular Única de Infraestructura y Transporte, mediante la cual, podrán acceder de manera sencilla y clara a las disposiciones establecidas para el sector. fomentando las políticas de legalidad, transparencia y equidad del Gobierno Nacional.

 

Según el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, “con mucho orgullo, hoy presentamos la Circular Única de Infraestructura y Transport. Es la primera vez que se expide un documento que compila todas las disposiciones de la Superintendencia de Transporte, para seguir fomentando la legalidad del sector, pues genera una seguridad jurídicapara que nuestros vigilados pueden tener la certeza del alcance de sus obligaciones. El ejercicio de elaboración de esta Circular Única comenzó con una convocatoria, en  la cual, el sector privado identificó las circulares que causaban costos y no generaban ningún valor para los mercados, mediante un concurso lanzado en abril de 2020, que dio como resultado la derogatoria integral y/o parcial, de un total de 384 circulares, generando un trabajo en conjunto con el sector”.

 

Mediante un Facebook Live, la SuperTransporte presentará la Circular Única de Infraestructura y Transporte a los vigilados y ciudadanos, a partir de las 11:00 am, jornada que contará con la participación de varios gremios del sector.

 

El objetivo de la Circular Única es generar seguridad jurídica, racionalizando las normas que rigen en el sector con un documento único. Por lo tanto, se realizó la depuración y compilación de la reglamentación para que los vigilados puedan acceder a ella de manera sencilla y clara para que conozcan sus obligaciones. De otro lado, se proporciona a los funcionarios de la Entidad, un instrumento jurídico unificado y coherente que determina con precisión las reglas que se deben aplicar en situaciones concretas que se presenten.

 

La SuperTransporte imparte instrucciones a los sujetos supervisados sobre la forma de cumplir obligaciones legales y reglamentarias; e imparte instrucciones que permitan ejercer la supervisión de esas obligaciones por parte de la Entidad, por lo tanto, no se crean obligaciones que no tengan previamente un sustento legal.

 

En la Circular Única se encuentran compiladas las instrucciones normativas que ha expedido la SuperTransporte desde 1991 hasta la fecha. Hay que tener en cuenta que la Entidad acató las recomendaciones de los vigilados, derogando circulares inútiles que sólo generaban costos innecesarios para el sector. El documento puede ser consultado en la página web de la Entidad, www.supertransporte.gov.co, en el link https://bit.ly/384Lu3H

 

Se debe tener en cuenta, que:

  • En Cada artículo de esta Circular Única se indica el origen del mismo, individualizando el acto administrativo correspondiente.
  • Se actualizaron aspectos puntuales de la normatividad, para que se ajuste a la realidad institucional y a la normativa vigente.
  • Las resoluciones proferidas por la Superintendencia General de Puertos y las circulares conjuntas Tampoco se compilaron los actos administrativos relacionados con los operadores homologados para el sistema de control y vigilancia – SICOV, ni las circulares conjuntas expedidas entre la Superintendencia de Transporte y otras entidades.

Antecedentes

 

La Superintendencia de Transporte ha venido realizando un proceso de revisión detallada de los actos administrativos proferidos desde 1991, encontrando periodos de hiperinflación normativa en los que se han llegado a producir más de 90 circulares por año. Dicho ejercicio se realiza con el objetivo de racionalizar y depurar las normas que rigen el sector para contar con un instrumento jurídico único, bajo el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011.

 

Así mismo, se llevó a cabo un ejercicio de construcción colectiva mediante una convocatoria para los vigilados y la ciudadanía en abril de 2020, para identificar aquellas circulares que (i) generaran algún costo para quienes deben cumplirla, (ii) carecieran de utilidad, en tanto que no instruyan a sus vigilados sobre cómo deben cumplir sus obligaciones legales y (iii) carecieran de utilidad, en tanto que no correspondan a la imposición de mecanismos de vigilancia eficientes. Así, se abrieron espacios de co-creación con el sector privado que le merecieron a la Superintendencia de Transporte el reconocimiento como la entidad que obtuvo los mejores resultados en el país en depuración de normas obsoletas durante 2020.

 

En enero de 2021, la Superintendencia de Transporte presentó para comentarios el borrador de la Circular Única de Infraestructura y Transporte, y ciudadanos y empresarios solicitaron la derogatoria de otros actos administrativos que se encontraban sin vigencia. Por lo anterior, la SuperTransporte expidió las Circulares No. 1 y No. 2 de 2021, derogando de manera integral y/o parcial, de un total de 376 circulares.

 

Luego de esto, se expide la Circular Única como un compilatorio de normas para racionalizar el ordenamiento jurídico, actualizando aspectos que se ajustan a una realidad institucional vigente, respondiendo a la necesidad de los vigilados y de la ciudadanía en general de acceder de manera sencilla al ordenamiento jurídico y con la claridad necesaria para que puedan precisar cuáles son las reglas vigentes, fomentando la cultura de la legalidad.

 

La Circular Única tiene una estructura dividida en títulos, para facilitar su consulta temática, de cada uno de los modos de transporte, sobre la vigilancia subjetiva y, otras actuaciones que corresponden a la Superintendencia de Transporte.

 

Actos no compilados

 

La Circular Única no compila normas expedidas durante la década de 1990, debido a que en ese entonces obraba como Superintendencia General de Puertos y contaba con funciones de regulación, que posteriormente fueron trasladadas al Ministerio de Transporte. Tampoco se compilaron los actos administrativos relacionados con los operadores homologados para el sistema de control y vigilancia – SICOV, ni las circulares conjuntas expedidas entre la Superintendencia de Transporte y otras entidades.

 

Las instrucciones expedidas desde el año 2021 en adelante, se incorporarán en la Circular Única de manera inmediata, con el fin de actualizar el documento en la página web de la Entidad, incorporando todas sus enmiendas, modificaciones y reformas, según corresponda, incluyendo un índice actualizado y la fecha de actualización.

2021-08-26T10:37:28-05:00

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