La Supertransporte advierte sobre supuestos intermediarios en el trámite de entrega de vehículos inmovilizados
Mayo 08, 2024 | Por: Comunicaciones Supertransporte
- La Superintendencia de Transporte informa a la ciudadanía que NO se requieren intermediarios para solicitar la entrega de vehículos de servicio público de transporte que han sido inmovilizados y advierte sobre posibles terceros que podrían estar pidiendo dinero para realizar dicho trámite.
- El proceso para dicha solicitud se realiza exclusivamente en línea, ya que la Entidad dispone de herramientas tecnológicas para ello, además, existe el Manual de Usuario para Solicitar la Entrega de Vehículos Inmovilizados que se encuentra en la página web www.supertransporte.gov.co.
- En ejercicio de sus funciones, a la SuperTransporte le compete conocer sobre la inmovilización de los vehículos de servicio público, así como dar curso y resolver las solicitudes de entrega de estos una vez subsanada la infracción, y debido a esto, dispone de varios canales de atención al ciudadano para resolver inquietudes en la materia.
(@SuperTransporte). Debido a constantes denuncias sobre personas que ofrecen servicios de intermediación para realizar las solicitudes de entrega de vehículos de transporte público que se encuentran inmovilizados, ante la Superintendencia de Transporte, se informa que NO se requieren intermediarios para dicho proceso, pues la Entidad ha dispuesto herramientas tecnológicas, material informativo y canales de atención, para atender las necesidades de los ciudadanos.
Para la Superintendente de Transporte, Ayda Lucy Ospina Arias, “el proceso para solicitar la entrega de automotores que se encuentran inmovilizados, puede llevarse a cabo directamente por el interesado, sin contar con un conocimiento especial de las normas, pues este trámite puede realizarse en línea gracias a las herramientas y a la transformación digital que hemos implantado en la Entidad, sin embargo, tenemos canales disponibles para que los ciudadanos consulten y puedan resolver sus requerimientos de manera ágil y transparente”.
En ejercicio de sus funciones, a la Superintendencia de Transporte le compete, entre otras, conocer sobre la inmovilización de los vehículos de radio de acción nacional dispuesta por la infracción de las normas de transporte, así como dar curso y resolver las solicitudes de entrega de estos, una vez subsanada la infracción o, si es el caso, cumplido el tiempo de inmovilización que tenga lugar en atención de lo dispuesto en el literal “e” del artículo 49 de la Ley 336 de 1996.
En este contexto, esta Entidad ha tenido noticias de que ciudadanos y autoridades han sido inducidos a error por terceras personas en las diferentes etapas que corresponden a dicho trámite, por lo anterior, es importante enfatizar sobre la necesidad de tomar precauciones y, sobre todo, la importancia de hacer uso de las herramientas que han sido dispuestas por la Superintendencia de Transporte para evitar este tipo de situaciones.
Aspectos importantes sobre la entrega de vehículos inmovilizados
*El trámite de entrega de vehículos inmovilizados se desarrolla completamente en línea y no requiere de intermediarios. Puede ser desarrollado por el interesado sin tener ningún conocimiento previo sobre la materia.
*El manual que detalla paso a paso la radicación de la solicitud, su trámite y el seguimiento que puede en todo momento realizarse sobre el avance del proceso, puede ser consultado en:
*El acta que autoriza la entrega del automotor, si bien se contiene en un oficio que carece en su medio físico o digital de elementos de seguridad que eviten su alteración, no se encuentra desprovisto de mecanismo antifraude; para estos propósitos, se ha dispuesto de una consulta abierta que se puede realizar con el número de radicado de la solicitud, que se incluye en todas las actas.
*La consulta, en la opción “IMPRIMIR ACTA” permite visualizar en todo su contenido el documento expedido por la Superintendencia de Transporte, el cual debe corresponder con el medio físico presentado por el ciudadano ante la autoridad y el operador del lugar de inmovilización. Esta consulta se puede realizar en el enlace:
http://vigia.supertransporte.gov.co/InmovilizacionesWeb/plantilla.html#/consultarsolicitud
*Un acta de entrega que no contenga en su primera línea el número de “REGISTRO SOLICITUD”, es FALSA. Toda acta de entrega contiene el número indicado y debe ser consultada en línea para cotejar su contenido.
*Se recuerda también a las autoridades y a los operadores de espacios de inmovilización de vehículos, que la entrega no puede ser realizada sin consultar previamente en línea el acta de entrega y verificar la autenticidad de la presentada en medio físico por el solicitante.
Canales de Atención
La Superintendencia de Transporte es una Entidad cercana a los ciudadanos y por eso, cuenta con distintos canales de atención para recibir peticiones, quejas y reclamos y atender las solicitudes de los empresarios y usuarios del sector, a través del correo vur@supertransporte.gov.co, la línea gratuita 018000915615, un chat virtual disponible de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm en la página web www.supertransporte.gov.co, #767 opción 3 y, Usuario Avisa a través de la línea de WhatsApp 3185946666. Así mismo, de manera presencial en la Diagonal 25g No 95ª-85 Piso 1 Centro Empresarial Buró 25.