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MANDAMIENTOS DE PAGO JURISDICCIONAL COACTIVO

Octubre 2014

La Superintendencia de Puertos y Transporte procede a realizar la notificación por aviso de los mandamientos de pago que se libraron en la Oficina de Cobro Coactivo respecto de las empresas sancionadas, lo anterior de conformidad con el Artículo 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012).
Contra el mandamiento de pago proceden las excepciones que establece el artículo 831 del Estatuto Tributario dentro de los términos establecidos en el artículo 830 del mismo Código.
Mandamiento de Pago No. 031-516-2013 en contra de la empresa BERNARDO GARCIA CASTRO – ESTIBAR NIT, NIT 16.499.553-1

Bogotá, Octubre 31 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Mandamiento de Pago No. 031-221-2013 en contra de la sociedad MISIÓN PORTUARIA LTDA, NIT 802.000.596-7

Bogotá, Octubre 30 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Mandamiento de Pago No. 031-989-2013 en contra de la empresa MAQUINARIA PORTUARIA DE COLOMBIA LTDA – MAQUIPORT, NIT 806.003.876-2

Bogotá, Octubre 30 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual se ordena seguir adelante la ejecución No. 031-287-2013 de la SECRETARÍA MUNICIPAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE BOSCONIA, NIT 900.040.540-1

Bogotá, Octubre 23 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Mandamiento de Pago No. 031-541-2013 de la empresa ANTHEM WORLD TRANSPORT COLOMBIA LTDA 805.010.447-1

Bogotá, Octubre 22 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual se ordena el archivo de las diligencias adelantadas por el pago de la obligación No. 031-504-2014 de la empresa FLUMAR LTDA 802.022.645-4

Bogotá, Octubre 22 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual se ordena seguir adelante la ejecución No. 031-1152-2014 de la empresa SUPERVISORES Y ESTIBADORES PORTUARIOS LIMITADA – SUPERPORT LTDA, NIT 800.245.649-3

Bogotá, Octubre 14 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual se ordena seguir adelante la ejecución No. 031-508-2014 de la empresa OPERADORES DE CARGA LIMITADA «OPECAR LTDA», NIT 806.009.633-7

Bogotá, Octubre 14 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Notificación Mandamiento de pago No. 031-416-2011 de la empresa JHON CARLOS RODRIGUEZ OROSTEGUI, C.C 16.494.711

Bogotá, Octubre 06 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Notificación Mandamiento de pago No. 031-790-2013 de la empresa PILOTAJE MARITIMO Y FLUVIAL S.A., NIT 802.017.432-2

Bogotá, Octubre 06 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Notificación Mandamiento de pago No. 031-749-2013 de la empresa SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y PORTUARIOS LTDA, NIT 835.001.844-3

Bogotá, Octubre 06 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Notificación Mandamiento de pago No. 031-1011-2013 de la empresa FLUVICAR E.U., NIT 811.039.445-5

Bogotá, Octubre 03 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Notificación Mandamiento de pago No. 031-365-2011 de la empresa EMPRESA GRANELES Y ATUNEROS DEL ATLANTICO LTDA – GRANATLANTICO, NIT 802.009.694-1

Bogotá, Octubre 03 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Notificación Mandamiento de pago No. 031-575-2013 de la empresa SERVICIOS INTERMEDIARIOS Y MANEJOS DE CARGAS O.P – SIMAC LTDA, NIT 835.000.552-3

Bogotá, Octubre 02 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual ordena seguir adelante la ejecución No. 031-519-2014 de la empresa SERVIMAC LTDA, NIT 802.023.528-5

Bogotá, Octubre 01 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual ordena seguir adelante la ejecución No. 031-522-2014 de la empresa SERVICIOS Y BODEGAS LTDA, NIT 835.001.195-1

Bogotá, Octubre 01 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual ordena seguir adelante la ejecución No. 031-520-2014 de la empresa SEACOM LIMITADA, NIT 835.001.691-3

Bogotá, Octubre 01 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual ordena seguir adelante la ejecución No. 031-517-2014 de la empresa OPERADORA PORTUARIA COLABORAR LTDA, NIT 805.009.487-4

Bogotá, Octubre 01 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual ordena seguir adelante la ejecución No. 031-526-2014 de la empresa SUMINISTRO Y TRANSPORTES DEL CARIBE LTDA, NIT 900.075.247-9

Bogotá, Octubre 01 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual ordena seguir adelante la ejecución No. 031-523-2014 de la empresa SERVICONT E.U, NIT 819.002.673-7

Bogotá, Octubre 01 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual ordena seguir adelante la ejecución No. 031-518-2014 de la empresa SERVICADES, NIT 94.295.294-6

Bogotá, Octubre 01 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual ordena seguir adelante la ejecución No. 031-521-2014 de la empresa SUPPLIER TRITON COLOMBIA LTDA, NIT 900.152.095-6

Bogotá, Octubre 01 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual ordena seguir adelante la ejecución No. 031-509-2014 de la empresa OPERADORES Y TRANSPORTES LTDA «OPERTRANS LTDA», NIT 835.001.683-4

Bogotá, Octubre 01 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


Auto por el cual ordena seguir adelante la ejecución No. 031-511-2014 de la empresa OPERADORES PORTUARIOS DE LA ISLA DE CASCAJAL, NIT 830.512.438-0

Bogotá, Octubre 01 de 2014. De conformidad con los artículos 568 del Estatuto Tributario (modificado por el artículo 58 del Decreto 19 de 2012), con carácter urgente se requiere a los Representantes Legales o quienes hagan sus veces de la Empresa sancionada, para que se presenten en la Oficina de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, ubicada en la calle 63 No 9 A – 45 piso 3, dentro de los quince días siguientes a esta publicación con el fin de notificarse del siguiente Auto librado en contra de esta y a favor de la Dirección del Tesoro Nacional – Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro del procedimiento que por jurisdicción Coactiva se indica. Imagen decorativa Documento


2018-05-31T11:25:50-05:00

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