Control social
El Control Social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos. (artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015).
Se entiende por Veeduría Ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país y que estén encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público. Para conocer más información sobre el funcionamiento de las veedurías, ver la Ley 850 de 2003.
Esta sección pone a disposición de los interesados las actividades definidas por la Superintendencia para facilitar el ejercicio del control social.
→ Plan estratégico de Participación Ciudadana
→ Plan anticorrupción – Rendición de cuentas 2021
› Plan Anual de Adquisiciones: (clic aquí)
› Plan Estratégico: (clic aquí)
› Ejecución Presupuestal: (clic aquí)
› Ejecución Contractual: (clic aquí)
› Entes de control que nos vigilan:
• Contraloría General de la República-Control Fiscal: (clic aquí)
• Procuraduría General de la Nación- Control disciplinario: (clic aquí)
• Congreso de la República-Control político:
· Senado – (clic aquí)
· Cámara: (clic aquí)
• Contaduría General de la República-Control contable: (clic aquí)
• Ministerio de hacienda y Crédito Público-Control Sistema Presupuestal: (clic aquí)
› Planes de mejoramiento: (clic aquí)